Valentín Bueno Vargas, Alcalde del Ayuntamiento de Villarrobledo

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miércoles, 1 de junio de 2011

La corporación local se constituirá el próximo sábado 11 de junio

En un acto que se celebrará en el Claustro del Ayuntamiento de Villarrobledo
Se constituirá en una sesión plenaria en la que se elegirá al nuevo alcalde.


La constitución de la nueva corporación municipal de la localidad albaceteña de Villarrobledo tendrá lugar el 11 de junio salvo que se hubiera presentado algún recurso de carácter contencioso-administrativo, y que en esta localidad albaceteña no se ha producido. En ese caso, la elección se pospondría hasta el viernes 1 de julio.

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establece, en su artículo 195, que la constitución de los ayuntamientos tiene lugar al vigésimo día posterior a la cita electoral y 40 días después en el caso de corporaciones que tengan algún tipo de recurso interpuesto.
El mandato en los ayuntamientos es de cuatro años contados a partir de la fecha de su elección y cuando finaliza ese período continúan solamente para la administración ordinaria y hasta la toma de posesión de sus sucesores, pero en ningún caso podrán adoptar ningún tipo de acuerdo, ya que para ello se requiere una mayoría cualificada.

La ley orgánica dispone que, entre los días 30 de mayo y 9 de junio, se podrán interponer recursos contenciosos-administrativos ante la Junta Electoral de Zona (JEZ), del 4 al 17 de junio se podrán formular alegaciones, y entre el 7 y el 27 de junio el Tribunal Superior de Justicia dictará sentencia, que será notificada al interesado el 37 día posterior a la elección de su candidatura en las urnas.

La Junta Electoral tiene 40 días, tras la proclamación de electos, para publicar en el Boletín Oficial del Estado, BOE, los resultados generales y también por circunscripciones.
Finalmente, la Junta Electoral de Zona remitirá al Ayuntamiento correspondiente el acta de proclamación de los concejales electos, documento que acredita la condición de concejal electo, sin perjuicio de la presentación de credenciales.

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General establece, asimismo, que las corporaciones
municipales se constituyen en sesión pública, si bien la hora se fija de común acuerdo entre los cabezas de lista de los diferentes partidos o agrupaciones que hayan obtenido representación.

Alcalde saliente
Será la alcaldía saliente, en este caso ostentada por Pedro Antonio Ruiz Santos, la que, por resolución, convoque la sesión y fije el orden del día, teniendo en cuenta el plazo de dos días hábiles que debe mediar entre la convocatoria y la sesión extraordinaria de constitución.

Una vez constituida la corporación se procede a la elección de alcalde. Podrán ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas.

Por tanto en Villarrobledo se podrían presentar 21 concejales, aunque lo más probable es que finalmente presenten su candidatura Valentín Bueno, Pedro Antonio Ruiz y José Antonio Cabañero.

Si ningún concejal obtiene mayoría absoluta, es proclamado primer edil aquel concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos en la cita electoral, y en caso de empate, se resolverá por sorteo.